Guía para obtener pruebas en el Reino Unido
Pruebas testimoniales procedentes del Reino Unido encasos de fraude grave o complejo - algunas preguntas y respuestas
Ahora es posible que los fiscales y los investigadores españoles, en casos de fraudes graves o complejos, soliciten la ayuda de la London Serious Fraud Office (Oficina de Londres encargada de casos de fraude grave, Oficina de Fraudes Graves). Esta Oficina trabaja en estrecha cooperación con la Metropolitan Police (Policía Metropolitana de Londres).
1. ¿Qué es un fraude grave o complejo?
No existe una definición simple, y por tanto la intención es que lo que sigue sirva únicamente de guía. El derecho inglés no recoge una figura de delito específico llamado fraude. Lo que sí contiene es una larga lista de delitos de fraude individual; para todos ellos hace falta que el acusado haya sido deshonesto y que haya actuado, o haya tenido la intención de actuar, para perjudicar los derechos de otros. Estamos de acuerdo en que esto en sí mismo puede parecer complejo, y por tanto será más fácil presentar unos ejemplos. Así, robar, obtener dinero o apoderarse de algo que pertenece a otro por medio de engaño, y falsificar cuentas, son todos ejemplos de fraudes. Es probable que los hechos relativos a la mayoría de los casos de fraude que usted investigue caigan dentro de una o varias de las categorías de lo que constituye un delito fraude.
El que el fraude sea grave o no será un hecho objetivo. En la Serious Fraud Office nos guiamos sobre la base de la cifra de un millón de libras esterlinas británicas, que se han perdido o corren riesgo de perderse como resultado del fraude. Sin embargo, esta cifra no es el criterio final para decidir si un fraude es grave o no, y por tanto si la cantidad de que se trate asciende a menos de un millón de libras todavía debe usted considerar la posibilidad de consultarnos sobre el caso. Hay otros factores, aparte de la cantidad de dinero, que pueden hacer que el fraude sea grave: por ejemplo, una preocupación pública considerable, o la involucración de ciudadanos locales prominentes.
El que el fraude sea complejo o no será también un hecho objetivo. Por ejemplo, si se trata de un buen número de transacciones, especialmente transacciones en las que se cruzan las fronteras nacionales, el caso probablemente será complejo. Si, en cambio, se trata de una sola transacción, no es probable que lo sea.
Obsérvese que no es preciso mostrar que el fraude es grave y además complejo, basta con que sea uno de los dos, grave o complejo.
El que un caso dado constituya o no un caso de fraude grave o de fraude complejo es cuestión que se tiene que decidir según las leyes inglesas; pero nos está permitido tener en cuenta los factores que son pertinentes en el país extranjero.
2. ¿Qué puede hacer la Serious Fraud Office para ayudar?
La Serious Fraud Office tiene poderes de coerción (llamados "Section 2 powers", siguiendo la sección de la Ley del Parlamento que los estableció) que nos permiten hacer lo siguiente:
- Exigir a cualquier persona (incluyendo, por ejemplo, a una compañía o un banco) que nos presente cualquier documento pertinente al caso, incluso documentos de carácter confidencial. Si la persona es un abogado, no se le puede exigir que presente documentos protegidos por privilegio jurídico. El privilegio jurídico es una tema especializado en sí mismo: pero los documentos no gozan de privilegio jurídico simplemente por ser confidenciales, ni tampoco si se conservan con intención delictiva. Al abogado se le puede exigir siempre que dé el nombre y dirección de su cliente.
- Exigir a cualquier persona (incluyendo, por ejemplo, una compañía o un banco) que conteste a preguntas pertinentes al caso, incluso preguntas sobre asuntos de carácter confidencial. En todo lo que se refiere al abogado y al privilegio jurídico, tiene validez lo dicho más arriba en el apartado (a).
- Cuando determinemos que, al exigir a la persona que presente documentos pertinentes a un caso, se cause que ésta los destruya, esconda o saque del país a fin de frustrar la investigación criminal que se lleva a cabo, podremos solicitar una orden judicial de registro de la casa de la persona o el domicilio social de la empresa y embargar los documentos. Sin embargo, antes de que pueda firmar la orden judicial de registro, el juez tiene que estar seguro de que hemos considerado todos los demás medios de obtener el material, como por ejemplo una notificación oficial de que debe entregar este material, lo cual significa que es necesario que entendamos bien los factores que le han llevado a usted a la convicción de que la orden judicial de registro es la única forma como usted podrá recuperar los documentos. Una orden judicial de registro no autoriza a apoderarse de documentos protegidos por privilegio jurídico. En todo lo que se refiere al abogado y al privilegio jurídico, tiene validez lo dicho más arriba en el apartado (a).
Aparte del uso de los poderes de coerción, la Serious Fraud Office puede ayudarle a usted a obtener información que está a disposición del público (por ejemplo, acerca de empresas); y puede realizar entrevistas voluntarias a personas (es decir, sin poderes de coerción) si están dispuestas a ello. Obsérvese que la Serious Fraud Office misma no puede congelar cuentas bancarias u otras cuentas financieras. Es posible solicitar al Home Office (Ministerio del Interior) que lo haga (ver más adelante), pero es necesario que se cumplan ciertas condiciones previas.
3. ¿Quién puede solicitar ayuda?
Esto dependerá principalmente de a quién permita el derecho de su país formular la petición de ayuda. El Reino Unido puede recibir una petición de ayuda de un juzgado o tribunal extranjero que trate de delitos criminales, de un fiscal de su país, o de cualquier otra autoridad extranjera que aparentemente desempeñe la función de formular peticiones de ayuda en casos criminales.
4. ¿Cómo se formulan las peticiones de ayuda?
Toda petición del ejercicio de los poderes de coerción se debe hacer en una Carta Suplicatoria enviada a la United Kingdom Central Authority (Autoridad Central del Reino Unido), a la siguiente dirección:
United Kingdom Central Authority
5th Floor, Fry Building
Home Office
2, Marsham Street
London
SW1P 4DF
Teléfono : prefijo internacional + 44-0207 035 4040
Fax : prefijo internacional + 44-0207 035 6985
Modelo de Comisión rogatoria(Traducción)
Comisión rogatoria para la congelación de las ganancias delictivas
5. ¿En qué etapa de la investigación se puede enviar una Carta Suplicatoria?
En términos generales, el Reino Unido puede recibir una Carta Suplicatoria siempre que, o bien se haya cometido un delito criminal en su país, o bien existan motivos fundados para sospechar que se ha cometido un delito criminal en su país, y si usted lo está investigando. No es necesario que se haya presentado ya la acusación de que una persona ha cometido un delito criminal, ni que hayan comenzado formalmente las actuaciones. (Pero debe tenerse en cuenta que esto puede que resulte necesario, si usted solicita la confiscación o el bloqueo de cuentas bancarias véanse las directrices de orientación, publicadas separadamente por el Home Office)
6. ¿Qué es lo que debe contener la Carta Suplicatoria?
Aparte de lo previsto en el apartado (i) más abajo, en la Carta Suplicatoria no hay que cumplir con ningún requisito especial exigido por el Reino Unido; lo importante es que esté escrita en inglés claro y conciso. Se debe entender, sin embargo, que cuando usted desee que hagamos uso de los poderes de coerción, su Carta Suplicatoria y cualquier otras Cartas de Solicitud suplementarias, serán los únicos documentos en que nos podremos basar. Es decir, no es posible que digamos ante un tribunal inglés que hemos hecho uso de los poderes de coerción basándonos en algo que usted nos dijo verbalmente pero que no aparece escrito en la Carta Suplicatoria. No es posible exagerar la importancia de este requisito legal.
Los siguientes puntos adicionales pueden ser de utilidad:
- Se deben mencionar los datos relativos a quién es usted y qué entidad u organismo representa, y declarar que el derecho de su país le permite formular peticiones de ayuda a las autoridades extranjeras en casos de naturaleza criminal.
- Se debe presentar una breve relación de la investigación que usted lleva adelante, lo que usted estima que ha sucedido, la cantidad de dinero de que se trata y por qué piensa que el fraude es grave o complejo.
- ¿Qué delitos criminales parecen haberse cometido en el país de que se trate? Por favor, facilítenos suficientes detalles para que veamos que el caso o los casos de que se trate constituiría(n) un delito de fraude, o más de uno, si los hechos hubiesen tenido lugar en el Reino Unido. Asimismo es importante que explique usted claramente por qué son pertinentes las indagaciones que desea realizar en el Reino Unido en relación con los delitos que usted estime que se han cometido. Es esencial también que usted explique la vinculación que hay entre las personas a quienes investiga y los delitos cuya existencia sospecha.
- Al hacer uso de los poderes de coerción tendremos que declarar los nombres de las personas a quienes se investiga. Si ya se ha imputado de delito criminal a ciertas personas, podemos nombrarlas. Sin embargo, no es necesario que nombremos a una persona física, y si lo que usted investiga es un fraude relacionado con una compañía o un banco, nos está permitido simplemente nombrar a esa compañía o ese banco. Esto puede tener importancia cuando usted está tratando de conseguir que su investigación siga teniendo carácter confidencial y las personas a quienes usted se propone imputar de hechos delictivos todavía no lo saben. Nos debe explicar con detalle de qué tipo de situación se trata en el caso que le ocupa.
- Muchas veces nos preguntan si es necesario adjuntar copias de documentos con la Carta de Petición. La respuesta es que hacerlo así cae fuera de lo normal; pero que, en ciertas ocasiones muy contadas, es posible que sea de utilidad contar con un documento o dos que expliquen lo que usted está investigando. Evidentemente, si usted desea que se muestre algún documento a un testigo, tendrá que enviar una copia.
- Es de importancia suma que nos diga qué es exactamente lo que desea que hagamos. A continuación presentamos algunos ejemplos:
- Si quiere que obtengamos documentos de algún banco, por favor díganos el nombre y la dirección del banco, el número de agencia o de identificación de la sucursal, si lo sabe, y todos los detalles que posea acerca de la cuenta bancaria (incluyendo su número) y el tipo de documentos que usted necesita (si no está seguro, bastará con pedir "todos los documentos relacionados con esa cuenta"). En el Reino Unido los Bancos no suelen contar con un registro en orden alfabético de los nombres de titulares de cuentas. Por lo tanto, es difícil encontrar una cuenta, a menos que se posea el número de la cuenta. También puede ser difícil obtener material que tenga más de 5 años de antigüedad, puesto que solamente es necesario que los Bancos conserven datos e información sobre las cuentas durante ese periodo de tiempo.
- Si desea usted que obtengamos una orden judicial de registro, necesitaremos saber por qué piensa usted que no bastaría simplemente con exigir que se presenten los documentos (véase 2(c) más arriba). Es necesario que dispongamos de toda la información para poder decidir. Cuando tratamos de conseguir una orden de registro de un juzgado, tenemos que convencer al juez de que esta orden es necesaria. Tenemos que establecer la identidad de la persona o entidad que ocupa el local. Se esperará de nosotros que expliquemos las razones en que nos apoyamos para estimar que la persona que ocupa el local no colaborará si no tenemos orden de registro, y debemos poder explicar al juez de qué manera esta persona o este asunto están relacionados con nuestra investigación. Por lo tanto, nos hace falta toda la información con la que podamos contar sobre el ocupante del local.
- Si se ha de verificar un registro, sería de gran ayuda para nosotros que estuviese presente un fiscal o un policía de su país que hable inglés. Necesitaremos los detalles relativos a esta persona (nombre completo, grado, experiencia), que pueden incluirse en la Carta Suplicatoria o en una Carta Suplicatoria suplementaria. Esta persona no puede efectuar un registro físico buscando el material, pero puede acompañar a los que realizan el registro a fin de asesorarles en cuanto a la pertinencia o no del material encontrado en el local. Ello puede servir de gran ayuda para asegurar que recuperamos los documentos importantes en nombre de usted Desafortunadamente, por razones legales, no es posible que durante el registro esté presente una persona que goce de status diplomático (por ejemplo, alguien que trabaje en la Embajada de su país en Londres).
- Si usted desea que entrevistemos a una persona, ¿qué preguntas quiere que le formulemos? Si es probable que la entrevista sea complicada, apreciaríamos mucho la presencia y ayuda de un fiscal de su país que hable inglés a quien, en las circunstancias apropiadas, se pudieran otorgar "Section 2 powers" y que estuviera capacitado para formular preguntas directas al entrevistado. Una vez más, necesitaríamos contar con los detalles de esa persona (nombre completo, cualificación profesional, experiencia), que pueden venir en la Carta Suplicatoria o en una Carta Suplicatoria suplementaria. Las entrevistas se tendrán que desarrollar en inglés, y por tanto la fluidez en el uso oral de esta lengua que tenga su representante será un factor importante a la hora de decidir si se le permitirá participar en la entrevista.
- Bajo este epígrafe existen cuatro tipos principales de entrevistas que la Serious Fraud Office puede realizar en su nombre: -
i. Entrevista Voluntaria de un testigo = es decir, en casos en que el testigo está de acuerdo en ser interrogado por nosotros o por el representante de usted. El testigo hace por escrito una "declaración de testigo" para usted, y la firma. Esta declaración no se hace bajo juramento, aunque el testigo afirma que su testimonio es veraz y bajo esta modalidad existe la posibilidad de que sea procesado si no lo es.
ii. Testimonio prestado bajo juramento = se requiere que el testigo se presente ante un Magistrates Court (tribunal de primera instancia) y jure formalmente, presentando su testimonio que se registra por escrito, es firmado y tiene la certificación del Magistrate (juez de paz/de primera instancia). Este juez puede permitir que asista un representante de su país y tome parte formulando preguntas delante del tribunal, o bien puede requerir que usted presente por adelantado, y por escrito, una lista de preguntas. Como alternativa, el testigo puede presentar por escrito un affidavit o declaración jurada y confirmar esta declaración delante de un solicitor (abogado) que certifica la declaración. (Obsérvese que es necesario abonar a este abogado un pequeño honorario).
iii. Entrevista estatutaria (entrevista celebrada en conformidad con la ley) = es posible que, en ciertos casos (por ejemplo, si se trata de un fraude grave o complejo, o de inspecciones de Compañías o investigaciones en conformidad con la Financial Services and Markets Act (Ley de Mercados y Servicios Financieros) de 2000), se obligue a un testigo o demandado a responder a ciertos interrogantes, quedando sujeto a sanciones penales si se niega a ello. La Serious Fraud Office goza de poderes estatutarios bajo la Sección 2 de la Criminal Justice Act (Ley de Enjuiciamiento Criminal) de 1987 para expedir una notificación oficial por la que se requiera una entrevista; y, en circunstancias apropiadas, un fiscal de su país que hable inglés podría recibir del Director de la Serious Fraud Office autorización para participar directamente en tal entrevista. En todos los casos en que se trate de entrevistas estatutarias, será necesario que su país otorgue una garantía especial (véase en la página 8 más adelante) de que el uso al que se destinará el testimonio será restringido. Expresado de forma breve: las respuestas obtenidas en las entrevistas estatutarias no se pueden usar de forma directa en contra de la persona entrevistada en un juicio criminal contra él, en violación de sus derechos humanos. Debe tenerse en cuenta que algunos testigos profesionales, como por ejemplo banqueros, abogados y contables, puede que insistan en que sea una entrevista estatutaria la que se les haga, si se les pide que faciliten información confidencial acerca de sus clientes. Con tal que el testigo no se convierta más tarde en un demandado (por ejemplo, en casos en que se trate de blanqueo de dinero), podrá usted hacer pleno uso del testimonio obtenido, bajo cualquier modalidad que permitan los tribunales de su país. En el supuesto de que efectivamente dicho deponente se convierta más tarde en parte demandada, la garantía especial otorgada adquirirá efectividad, y usted no podrá emplear en contra de dicha persona el testimonio que había presentado.
iv. Entrevista bajo cautela = según la legislación inglesa, es necesario advertir a las personas que se sospecha que han cometido un delito criminal, antes de sean entrevistadas, de que no están obligadas a contestar ninguna pregunta. Bajo el derecho procesal inglés, hay que emplear una fórmula especial de 'cautela' para que las respuestas puedan ser admitidas en un tribunal inglés. Un demandado real o potencial puede, sin embargo, acceder a ser entrevistado por nosotros o por el representante legal de su país. Si accede, usted puede administrarle su propia forma de 'cautela' o formular cualquier otra advertencia que su país requiera para asegurar el trato justo. Al encausado o persona a quien se acusa es necesario proporcionarle los detalles relativos al delito que se sospecha que ha cometido, a fin de que cuente con toda la información acerca de la situación en que se encuentra según la legislación de su país. También goza del derecho a que se encuentre presente su abogado, y a poder buscar asesoramiento legal durante la entrevista (es posible que se pida a su país que sufrague los gastos de la misma).
- Por favor, proporciónenos toda la información que pueda acerca de las personas a quienes desea que encontremos y entrevistemos, o de quienes usted desee que obtengamos documentos. En ello se incluyen, siempre que usted los tenga, los nombres completos, direcciones, fechas de nacimiento, números de teléfono y, si usted cree que será de utilidad, una fotografía. Es igualmente importante que nos facilite cuantos datos sea posible sobre los sitios que quiera que registremos, incluyendo información sobre las personas que es probable que estén allí.
- ¿De qué manera desea que hagamos la autenticación de los documentos para su uso en los tribunales españoles? Por favor, díganos lo que exigen sus tribunales. Normalmente enviamos fotocopias de documentos, que pueden ir certificadas por un funcionario de la Serious Fraud Office. Si un documento particular tiene importancia especial (por ejemplo, porque lleva una firma), algunas veces podemos mandar el original. Cuando entrevistamos a una persona, podemos hacer una grabación en cinta, que usted podría hacer transcribir luego. De modo alternativo, podríamos redactar una declaración de testigo para que la firme la persona interesada. ¿Desea usted que la declaración del testigo vaya legalizada, y que lo haga un funcionario de la Serious Fraud Office, o que lo haga otra persona? Si es esto último, por favor dígannos quién desean que firme la legalización.
- Por razones legales que podemos explicar con más detalle si lo
desea, deberá usted incluir en la Carta Suplicatoria dos garantías
firmadas:
"Si el Secretario de Estado del Ministerio británico del Interior decide referir esta Carta Suplicatoria a la Serious Fraud Office, me comprometo a que:
i. No se utilizará ningún documento ni ninguna otra información obtenida para ningún propósito excepto el procesamiento de una causa criminal que sea consecuencia de la investigación detallada en esta Carta Suplicatoria, sin el consentimiento previo del Secretario de Estado del Ministerio del Interior del Reino Unido.
ii. No se utilizará ninguna declaración hecha por cualquier persona a Serious Fraud Office en consecuencia de sus poderes de coerción en un procesamiento en contra de esa persona, a menos que se aduzcan testimonios relativos a dicha declaración o sea formulada una pregunta relacionada con la misma, durante el procesamiento, por esa persona o en su nombre."
La garantía contenida en el apartado (I) la requieren normalmente la mayoría de los países cuando se otorga asistencia legal de este tipo.
La garantía (II) se requiere para cubrir la posibilidad de que usted nos pida que hagamos aplicación de nuestros poderes estatutarios de entrevistar a un testigo o demandado potencial. Según nuestra propia Human Rights Act (Ley de Derechos Humanos) de 2000, no se nos permite hacer uso de respuestas obtenidas bajo coerción estatutaria directamente contra la persona entrevistada en un juicio criminal contra ella. La finalidad de la garantía que usted da bajo este apartado II es proteger los derechos del demandado en el país de usted. Si no se otorga dicha garantía, es posible que la persona entrevistada tenga una 'excusa razonable' para no responder a nuestras preguntas. La garantía no le impide a usted hacer uso de la entrevista estatutaria con un testigo durante dicho juicio si sus leyes lo permiten; pero sí le impide hacer uso de la misma en el caso de que el entrevistado sea (o más tarde se convierta en) demandado en un juicio criminal. La garantía II no tiene efecto en el caso de entrevistas voluntarias de testigos. Solamente es necesaria cuando nosotros hacemos uso de nuestros poderes estatutarios para obtener testimonio.
7. ¿Puede la Serious Fraud Office obtener testimonios en cualquier parte del Reino Unido?
No, solamente puede en Inglaterra y Gales, y en Irlanda del Norte. En Escocia existen poderes similares que ejerce la Crown Office (Oficina de la Corona). Si necesita usted que se obtengan testimonios en Escocia, podemos ponerle a usted en contacto con la Oficina de la Corona. También existen poderes equivalentes en Jersey, Guernsey y la Isla de Man, y podemos asimismo ponerle en contacto con las autoridades pertinentes si llega el caso.
8. ¿Por qué medio se debe enviar la Carta Suplicatoria?
Esto depende principalmente de lo que prescriban las leyes de su país. Es posible que dicha legislación permita que se remita la Carta Suplicatoria por correo o por mensajero internacional (como por ejemplo DHL) directamente a la Autoridad Central del Reino Unido. Por otra parte, el derecho de su país puede que requiera que usted haga llegar la Carta Suplicatoria por los canales diplomáticos. Cualquiera de estos métodos es aceptable para la Autoridad Central del Reino Unido. Incluso, en un caso urgente, la Autoridad Central del Reino Unido podría estar dispuesta a aceptar una Carta Suplicatoria enviada por fax. Lo único en que deseamos hacer hincapié, sin embargo, es que en todos los sistemas burocráticos, y también en el nuestro, es posible que se pierdan los documentos a menos que se dirijan al sitio exacto adonde van destinados. Es necesario que usted, por los medios que sea, se asegure de que de hecho la Carta Suplicatoria llega a la Autoridad Central del Reino Unido. (También hay casos en que las Cartas de Solicitud han tardado hasta cuatro meses en llegar por los canales diplomáticos!) Evidentemente, el mensajero internacional y la máquina de fax son los métodos más seguros y más rápidos. En los casos en que sea necesario mandar información adicional con urgencia a la Autoridad Central del Reino Unido (por ejemplo, antes de que se efectúe un registro), el uso de la máquina de fax será esencial.
9. ¿Se puede solicitar ayuda en casos de blanqueo de dinero o de fraude fiscal?
El blanqueo de dinero, como tal, es normalmente asunto del que se encarga la policía, no la Serious Fraud Office. Sin embargo, en muchos fraudes se incluye el blanqueo del dinero obtenido por medios fraudulentos; y en la medida en que usted investiga realmente un fraude grave o complejo, la Serious Fraud Office le puede prestar ayuda. Si tiene usted dudas, por favor póngase en contacto con nosotros y tendremos mucho gusto en hablar del caso.
En lo que respecta a fraudes fiscales graves o complejos, la Serious Fraud Office solamente podrá extender ayuda bajo tres supuestos:
- si usted ya ha comenzado una causa criminal por fraude fiscal; o
- si su país y el Reino Unido son signatarios de un Tratado (por ejemplo, el Protocolo Especial sobre Asuntos Fiscales de la Convención Europea sobre Asistencia Mutua en Casos Criminales) según el cual hayan acordado prestarse mutua asistencia en el procesamiento de delitos fiscales;
- si la conducta que constituye el delito fiscal constituiría un delito del mismo tipo o de índole parecida si hubiese tenido lugar en el Reino Unido.
10. ¿Es necesario que el sistema jurídico del país extranjero sea capaz de reciprocar si hubiese una solicitud similar del Reino Unido?
No. El Reino Unido no requiere reciprocidad, aunque naturalmente nuestra esperanza es que los colegas y asociados de otros países nos presten ayuda siempre que les sea posible, si es necesario falta enmendando sus leyes a fin de hacerlo.
11. ¿Puedo ponerme en contacto con la Serious Fraud Office antes de enviar la Carta Suplicatoria?
Sí. Nos parece muy bien que se establezca contacto con nosotros desde el primer momento, bien mediante visita personal o (con más frecuencia) por teléfono, fax o carta. Si desea usted que solicitemos órdenes de registro, nos hará falta que nos faciliten bastante información y datos, y por lo tanto les agradeceríamos que se estableciese con tiempo el contacto entre nosotros, a fin de planificar la operación.
Siempre tenemos mucho gusto en asesorar en cuanto al texto de las Cartas de Solicitud.
Como las responsabilidades dentro de la Serious Fraud Office cambian de cuando en cuando, sugerimos que lo mejor es proceder, sea por teléfono, fax o carta, dirigiéndose a:
The Officer in Charge
The Mutual Legal Assistance Unit
The Serious Fraud Office
Elm House
10-16 Elm Street
London WC1X 0BJ
Reino Unido
Teléfono : +44 (0)20 7239 7367 / +44 (0)20 7239 7102
Fax : +44 (0)20 7833 5442
Email : mla@sfo.gsi.gov.uk
Si tiene usted dificultad en llegar a nosotros por teléfono, un mensaje por fax suele ser la solución, dando los detalles de su nombre y número de teléfono, y mencionando una hora conveniente para que le devolvamos la llamada telefónica.



